1. Aceptación de las Condiciones
Los presentes Términos y Condiciones Generales de Venta («Condiciones») resultan de aplicación a la venta, otorgamiento de licencia, y/o entrega al Cliente de los Productos del Vendedor, salvo, y en la medida en que, éstos resulten modificados a raíz de un Contrato de Compra.
Estas Condiciones entran en vigor cuando usted acepta el Contrato de Compra. Un «Contrato de Compra» se refiere a estas Condiciones, todos los documentos y acuerdos que aquí se referencian o que citan estas Condiciones y todos los demás documentos y acuerdos pactados de forma expresa por ambas partes en relación con el suministro de Productos por parte del Vendedor al Cliente, lo que puede incluir, sin limitación, presupuestos/propuestas del Vendedor, una Declaración de Trabajo (DT), Especificaciones de Productos, cualquier documentación que acompañe a los Productos, un Contrato de Licencia para Usuario Final, un Contrato de Software como Servicio y un Contrato de Mantenimiento. “Vendedor” significará X-Rite, Incorporated, X-Rite Europe GmbH, X-Rite GmbH, o cualquier entidad bajo el control de las anteriores que suscriba un Contrato de Compra con el Cliente.
“Productos” significará cualquier tipo de hardware, software (otorgado bajo licencia o alojado), así como cualesquiera, otros bienes y Servicios que el Vendedor suministre al Cliente de conformidad con un Contrato de Compra. “Servicios” significará formación, instalación, reparación, mantenimiento, soporte y cualesquiera otros servicios que el Vendedor suministre al Cliente de conformidad con un Contrato de Compra. Salvo que otra cosa se disponga expresamente en un Contrato de Compra, no serán de aplicación otros términos y condiciones, incluidos los términos y condiciones que puedan figurar en la documentación de pedido del Cliente. La aceptación por parte del Cliente de la Entrega de Productos constituirá la aceptación de las presentes Condiciones. El Cliente manifiesta que la persona que acepta estas Condiciones en su nombre está autorizada para obligar al Cliente.
En el caso de reventa de productos de terceros por parte del Vendedor, incluyendo sin limitación, entre otros, software, hardware y/o servicios de terceros (colectivamente, los «Productos de Terceros»), serán aplicables estas Condiciones en la medida que el Contrato de Compra entre el Vendedor y el Cliente no haga referencia a las condiciones propias del tercero aplicables («Condiciones de Terceros»). En el caso de que el Contrato de Compra haga referencia a las Condiciones de Terceros, dichas Condiciones de Terceros serán aplicables y regirán la compra de los Productos de Terceros. Se considerará que tales Condiciones de Terceros han sido formalizadas directamente entre el Cliente y el tercero correspondiente. El Vendedor no ofrece ninguna manifestación o garantía y no tendrá responsabilidad frente al Cliente en relación con estos Productos de Terceros.
2. Entrega
(a) La Entrega tendrá lugar, de conformidad con el Contrato de Compra (Incoterms 2020) en la forma que figura a continuación:
- Ya sea, Libre Transportista (FCA) en el Establecimiento del Vendedor, en el caso de pedidos que no incluyan el transporte. El Cliente asumirá la titularidad y el riesgo una vez realizada la entrega FCA en el establecimiento del Vendedor, de conformidad con las estipulaciones de la Sección 6(c) siguiente;
- Transporte Pagado Hasta (CPT) el destino acordado, en el caso de pedidos que incluyen el transporte. El Cliente asumirá la titularidad y el riesgo una vez realizada la carga en el primer transportista en el establecimiento del Vendedor, de conformidad con las estipulaciones de la Sección 6(c) siguiente;
- Otro método identificado en el Contrato de Compra.
En caso de que el Contrato de Compra no prevea ningún tipo de condiciones de Entrega, serán de aplicación las condiciones de Entrega FCA en el establecimiento del Vendedor (Incoterms 2020).
La entrega o “envío” de Software o Productos de Software como Servicio se producirá tras/al poner el Software o Producto de Software como Servicio disponible para la descarga o accesible para el Cliente.
(b) El Vendedor procurará entregar los Productos conforme a las fechas de entrega indicadas por el Vendedor («Fecha de Entrega»), notificando al Cliente sin retraso injustificado si creyese que no es posible cumplir con una Fecha de Entrega por razones imputables al Vendedor. En caso de que el Vendedor no pueda cumplir con una Fecha de Entrega, el Cliente podrá solicitar al Vendedor que fije una nueva, que las partes acordarán de buena fe o, en caso de no alcanzar un acuerdo al respecto, en la fecha indicada por el Cliente, que no deberá ser anterior al transcurso de un plazo de 15 días a contar desde la solicitud escrita del Cliente a tal efecto («Nueva Fecha de Entrega»). El Vendedor asumirá cualquier tipo de gastos de transporte urgente que resulten precisos para cumplir con la Nueva Fecha de Entrega. En caso de que el Vendedor, por razones que le fueran imputables, no pudiera cumplir con dicha Nueva Fecha de Entrega, el Cliente podrá cancelar el Contrato de Compra en lo que se refiere a los Productos afectados por la demora y a cualesquiera otro Productos no entregado que hubieran sido adquiridos al amparo del Contrato de Compra cuya utilización no hubiera sido factible sin la concurrencia de los Productos cancelados, procediendo el Vendedor al reembolso de cualesquiera pagos anticipados que el Cliente hubiera abonado en relación con éstos.
(c) Salvo pacto en contrario en un Contrato de Compra, en caso de que el Cliente quiera posponer una Fecha de Entrega o una Nueva Fecha de Entrega acordada por causas propias del Cliente pero no por culpa del Vendedor, el Vendedor hará un esfuerzo razonable para entregar los Productos en la Fecha de Entrega solicitada por el Cliente («Fecha de Entrega Solicitada por el Cliente»), con la condición de que el Vendedor tendrá derecho a aplicar al Cliente una comisión fija igual al 5% del precio del Producto para adaptarse a la solicitud del Cliente.
(d) El Cliente es responsable de cumplir todas las restricciones y regulaciones aplicables de exportación y reexportación. Los Productos no pueden exportarse ni reexportarse incumpliendo ninguna normativa o ley aplicable, incluyendo, sin limitarse a ello, las de los Estados Unidos de América, la Unión Europea y el Reino Unido. Sin limitación, si cualquier Producto se identifica como elemento de exportación controlado en virtud de las leyes de exportación de los Estados Unidos de América, la Unión Europea o el Reino Unido, el Cliente manifiesta y garantiza que ni él ni los usuarios de dichos Productos son ciudadanos de un país embargado y que no actúan desde ninguno de ellos, y que ni el Cliente ni los usuarios de dichos Productos tienen prohibido por algún otro motivo, de acuerdo con las leyes de exportación aplicables, la recepción y el uso del Producto. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente no venderá, exportará o reexportará, directa o indirectamente, a la Federación Rusa ni pondrá a disposición para su uso en la Federación Rusa ningún bien suministrado en virtud de cualquier Contrato de Compra o en relación con el mismo que entre en el ámbito de aplicación del artículo 12 octies del Reglamento (UE) N.º 833/2014 del Consejo. Cualquier violación de las obligaciones establecidas en la Sección 2(d) constituirá un incumplimiento grave de los términos del Contrato de Compra asociado. El Cliente informará inmediatamente al Vendedor de cualquier infracción de este tipo y cooperará en la medida de lo posible con cualquier consulta del Vendedor.
(e) El Vendedor se reserva el derecho de cambiar o modificar el diseño o fabricación de los Productos con anterioridad a su entrega, siempre y cuando dicho cambio o modificación no afecte sustancialmente la forma o el funcionamiento de los Productos.
3. Software
Se otorga a favor del Cliente una licencia sobre todos los Productos de software, incluyendo, entre otros, el software instalado en el hardware del Vendedor, así como las actualizaciones y nuevas versiones del software, con sujeción a los términos del Contrato de Licencia del Usuario Final que acompaña a los Productos de software, que se adjunta al presente o que, de otra forma, se hallan disponibles en www.xrite.com/page/terms-conditions («EULA»). El Cliente tiene a su disposición todos los servicios de software alojado (Software Como Servicio), los cuales quedan sujetos al Contrato de Software Como Servicio del Vendedor aplicable, adjunto al presente o, de no ser así, que se halla disponible en www.xrite.com/page/terms-conditions («Contrato SaaS»). En caso de que surja cualquier tipo de conflicto, prevalecerán los términos de EULA y del Contrato SaaS, según proceda en cada caso, sobre las condiciones del presente documento.
4. Instalación; Planes de Atención de Servicios; Formación; Manuales de Instrucciones
(a) El Vendedor proporcionará Servicios de instalación, implementación y formación solo sí y en la medida en que esté estipulado en un Contrato de Compra.
(b) En la medida en que un Contrato de Compra incluya la prestación de servicios de mantenimiento y soporte de un Producto, éstos serán suministrados por el Vendedor, de conformidad y con sujeción a los términos y condiciones de mantenimiento del Vendedor («Plan de Asistencia») adjuntos al presente o que, de no ser así, se hallan disponibles en www.xrite.com/page/terms-conditions («Contrato de Mantenimiento»), así como cualquier término adicional estipulado en el Contrato de Compra. El Cliente podrá, sin perder su derecho a los servicios de mantenimiento y asistencia, trasladar los Productos de hardware cubiertos por los servicios de mantenimiento a otra ubicación siempre que, con respecto a los Productos instalados por el Vendedor, el Vendedor tenga derecho a supervisar el desmontaje, embalaje y reinstalación de los Productos según las tarifas vigentes en ese momento del Vendedor. En caso de que un Producto deje de funcionar correctamente a raíz de las citadas actividades, el Vendedor podrá terminar la relación de servicios de mantenimiento y soporte en cuanto a los Productos afectados o, si el Cliente así lo requiriese, realizar las reparaciones necesarias según las tarifas vigentes del Vendedor en ese momento en lo referente a tiempo y materiales.
(c) El Vendedor proporcionará manuales de instrucciones y otra documentación relativa al Producto (la «Documentación») según se disponga y se estipule en un Contrato de Adquisición conforme a lo previsto en un Contrato de Compra, y en la medida de lo necesario para que el Cliente pueda utilizar los Productos de forma adecuada y en condiciones de seguridad. El Cliente dará cumplimiento, y se encargará de que todos sus usuarios den cumplimiento, a todas las instrucciones y limitaciones que figuran en la Documentación.
(d) A menos que se acuerde expresamente lo contrario en un Contrato de Compra, específicamente con respecto a la formación presencial y a distancia adquirida en virtud de un Contrato de Compra, el Cliente acepta que la misma se facturará inmediatamente después de (i) la aceptación del Contrato de Compra o (ii) el envío de los demás productos en virtud del Contrato de Compra (la «Fecha de Facturación»), lo que ocurra primero, y no será reembolsable. Toda la formación presencial y a distancia deberá programarse y realizarse en un plazo de 12 meses a partir de la Fecha de Facturación. Si dicha formación no se ha programado y realizado antes de que finalice el periodo de 12 meses mencionado anteriormente, el Vendedor no tendrá ninguna obligación de proporcionar dicha formación. Como comprador de esta formación, el Cliente se compromete a colaborar con el personal de formación y el equipo de coordinación del Vendedor para programar la formación dentro del periodo de 12 meses mencionado anteriormente.
5. Aceptación del Producto; Realización de Pruebas
(a) Cuando le sean entregados, el Cliente inspeccionará los Productos a fin de localizar defectos visibles, procediendo a aceptarlos en la medida en que dichos Productos se adecuen sustancialmente a las Especificaciones de los mismos.
(b) En caso de que la instalación por parte del Vendedor no esté incluida en el Contrato de Compra, se considerarán aceptados los Productos desde el momento en tuviera lugar cualquiera de los siguientes supuestos: (i) cuando el Cliente manifieste su aceptación; (ii) por el transcurso de 5 días hábiles tras la Entrega de los Productos al Cliente salvo que este último, dentro de dicho plazo, y actuando razonablemente, notifique al Vendedor por escrito su rechazo, incluyendo una descripción detallada de los defectos detectados («Notificación de Rechazo»); o (iii) cuando el Cliente explote comercialmente los Productos.
(c) En caso de que la instalación por parte del Vendedor estuviera incluida en el Contrato de Compra, el Vendedor procederá a someter a prueba los Productos tan pronto éstos hubieran sido instalados, a fin de verificar la inexistencia de defectos y que se acomodan sustancialmente a todas las especificaciones técnicas publicadas por el Vendedor o que el Vendedor hubiera acordado por escrito («Especificaciones») («Pruebas»). Una vez realizadas las Pruebas con un resultado satisfactorio, el Vendedor entregará un formulario de aceptación en el que figure la conclusión satisfactoria de las pruebas y una solicitud de aceptación de los Productos («FIS», «Formulario de Instalación Satisfactoria» o cualquier documento de tipo similar que conjuntamente se denominará «Formulario de Aceptación»), de forma que los Productos se considerarán aceptados desde el momento en que tenga lugar cualquiera de los siguientes supuestos: (i) manifestación de aceptación por parte del Cliente; (ii) por el transcurso de 5 días hábiles tras la entrega del Formulario de Aceptación salvo que el Cliente, dentro de dicho plazo, y actuando razonablemente, entregue al Vendedor una Notificación de Rechazo; o (iii) cuando el Cliente explote comercialmente los Productos.
(d) El rechazo de los Productos sólo tendrá lugar cuando éstos se desvíen significativamente de sus Especificaciones. Las desviaciones de índole menor no supondrán obstáculo para la aceptación. En caso de que el Cliente entregue al Vendedor una Notificación de Rechazo, el Vendedor procederá sin demora a subsanar cualquier desviación significativa, sin coste para el Cliente, repitiéndose el procedimiento de aceptación previamente descrito hasta la conclusión satisfactoria, no obstante lo cual, en el caso de que, por razones imputables al Vendedor, los Productos afectados no hubieran podido acomodarse de forma sustancial a sus Especificaciones tras haber efectuado tres (3) tandas de Pruebas, el Cliente podrá bien (i) aceptar los Productos afectados en el estado en que se encuentren [“AS IS”] por el precio de compra alternativo que las partes deberán acordar en ese momento, o (ii) devolver al Vendedor los Productos afectados para obtener el reembolso del precio de compra abonado.
6. Precio, facturación y Pago
(a) El precio de compra se presupuesta en función del FCA, CPT u otro método establecido en el Contrato de Compra, dependiendo de la modalidad de entrega, tal y como se estipula en la Sección 2. Salvo en los envíos CPT (que incluyen el transporte), el precio de compra no incluye transporte, impuestos, tasas ni cualesquiera otras necesidades especiales de entrega, conforme a los INCOTERMS aplicables. El Cliente es responsable de todos los impuestos, salvo los impuestos sobre los ingresos del Vendedor. En relación con el Software, el Cliente acepta que es el responsable del pago de todos los impuestos y tasas aplicables o recaudados como resultado de la importación del Software o de las licencias al país o zona geográfica donde se vayan a utilizar el Software o las licencias. Asimismo, acepta indemnizar y eximir de responsabilidad al Vendedor, sus ejecutivos, representantes y empleados (los «Indemnizados») ante cualquier reclamación, pleito y proceso judicial y hacer frente a cualesquier costes, multas y gastos adjudicados a los Indemnizados o en los que estos incurran como resultado de su incumplimiento a la hora de pagar los impuestos o tasas en cuestión. Cualesquiera costes derivados de certificados de origen, legalizaciones, facturas consulares y similares serán facturados al Cliente. Cuando el Cliente, de conformidad con las normas fiscales o normativa similar, tuviera la obligación de retener o deducir una parte de cualquier pago que adeudase al Vendedor de conformidad con un Contrato de Compra, y siempre y cuando el Cliente entregue sin demora al Vendedor un recibo oficial en el que figuren dichos impuestos retenidos u otra documentación que el Vendedor pudiera necesitar para reclamar un crédito fiscal por impuestos en el extranjero, el Cliente podrá deducir dichos impuestos del importe adeudado al Vendedor a fin de proceder al abono de los mismos a la autoridad fiscal correspondiente. El Cliente realizará los esfuerzos que resulten comercialmente razonables para minimizar dichos pagos, en la medida en que ello sea admisible conforme al tratado fiscal que resulte de aplicación, y el Cliente indemnizará al Vendedor por cualesquiera pérdidas o costes soportados por este último, derivados de la omisión por parte del Cliente de efectuar tales retenciones o deducciones cuando le fuese requerido.
(b) El Vendedor se reserva el derecho a emplear métodos de facturación electrónica, a lo cual el Cliente da su consentimiento. En caso de facturación electrónica, el Cliente será responsable de proporcionar al Vendedor una dirección de correo electrónico adecuada a la que deban enviarse las facturas electrónicas. La factura electrónica se considerará recibida el mismo día de la fecha de su envío.
(c) En el caso de que un Contrato de Compra prevea el aplazamiento de pagos, el Vendedor mantendrá la titularidad de todos los Productos tangibles contemplados en el Contrato de Compra hasta tanto los pagos adeudados no hayan sido abonados en su totalidad. El Cliente será responsable de suscribir y ejecutar todos los documentos y/o títulos que resultasen precisos para acreditar la titularidad del Vendedor en las circunstancias anteriormente referidas. Una vez abonado íntegramente el precio, el Vendedor cooperará con el Cliente en la realización de todos los actos necesarios para la transmisión de la titularidad a favor del Cliente. El Vendedor se reserva, además, el derecho de constituir un derecho de garantía sobre todos los Productos entregados al Cliente, a fin de garantizar el abono de todos los honorarios que resultasen pendientes de pago de conformidad con el Contrato de Compra correspondiente.
(d) Salvo que se acuerde otra cosa en el Contrato de Compra, y sujeto a la aprobación de crédito del Vendedor, el Cliente abonará el importe neto de todas las facturas en un plazo de 30 días desde la fecha de la factura. Los pagos se realizarán en la misma divisa que figure en la factura. Cualesquiera impuestos se reflejarán en la factura. En caso de que el Cliente no haga frente a cualesquiera pagos que se adeuden con arreglo a un Contrato de Compra, el Vendedor se reserva el derecho de remitir una notificación escrita al Cliente (i) en la que declare el vencimiento y la exigibilidad inmediatos de cualesquiera cantidades adeudadas conforme al Contrato de Compra correspondiente y/o (ii) en la que aplique al Cliente un interés de demora y honorarios por recobro (incluyendo honorarios de abogados) a los tipos previstos en la legislación aplicable o, cuando nada se establezca a este respecto, a un tipo del 1,5 por ciento mensual.
(e) Salvo que se acuerde otra cosa en el Contrato de Compra, el Vendedor facturará al Cliente el 100% en el momento del envío.
(f) Todos los precios pasarán a ser firmes y fijos desde el envío de los Productos por parte del Vendedor. Hasta tal fecha, los precios comunicados por el Vendedor son indicativos y están sujetos a cambio. El Cliente entiende y reconoce que, con la intención de ofrecer precios competitivos, el Vendedor tiene derecho a aumentar el precio presupuestado anteriormente en la medida que el Vendedor experimente cualesquier incrementos en los costes de mano de obra o en los costes de materiales y/o componentes utilizados en la fabricación o el suministro de Productos. En estas circunstancias, el Cliente acepta que el Vendedor puede incrementar el precio de acuerdo con la inflación tal como lo refleja el índice de precios al consumo (IPC) de los Estados Unidos o bien cobrando al Comprador el aumento de coste real en caso de que el Vendedor pueda demostrar que dicho aumento de coste es superior. El Vendedor notificará al Cliente cualquier incremento de precio.
En el supuesto de adquisición de Licencias de software Perpetuas (conforme se describen más adelante, de acuerdo al EULA o Contrato de Compra aplicable), el Vendedor también se reserva el derecho de facilitar al Cliente licencias temporales que caducarán por el transcurso de un período preestablecido de tiempo, hasta el momento en que se hubiera producido el pago íntegro de los honorarios, momento en el que, sin demora, el Vendedor facilitará una licencia perpetua.
En caso de que se adquieran licencias de software renovables por el transcurso de plazos (esto es, «Otorgamiento de Licencia en Modalidad de Suscripción» o «Licencias de Ámbito Temporal Limitado», tal y como más adelante se describen en el EULA o Contrato de Compra aplicable), el Vendedor también se reserva el derecho a revisar el precio de cualesquiera licencias concedidas con arreglo al Otorgamiento de Licencia en Modalidad de Suscripción con anterioridad a la entrada en vigor de cualquier período de renovación, siempre y cuando el nuevo precio se comunique al Cliente, como mínimo, treinta (30) días antes de la fecha de renovación aplicable. Si el Cliente estuviera disconforme con el precio revisado, podrá rescindir la licencia en cuestión de conformidad con los términos previstos en el EULA.
(g) El Cliente deberá notificar al Vendedor cualquier controversia en relación con una factura dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la factura. Si dentro de ese período el Cliente entrega una notificación por escrito en la que se impugne un importe facturado y se describa el fundamento de la impugnación con un detalle razonable, las partes deberán hacer el esfuerzo de buena fe de deliberar para resolver la impugnación en el plazo de diez (10) días desde la entrega de la notificación del Cliente. Los pagos no quedan sujetos a compensación o reembolso en consideración de una reclamación, presente o futura, por parte del Cliente.
(h) Sin perjuicio de cualesquiera otros recursos o acciones a su disposición (lo que incluye, entre otros, los recursos o acciones y los derechos de suspensión y cancelación aquí estipulados, los previstos en el EULA, en el Contrato SaaS o en el Contrato de Mantenimiento), en caso de que una parte incurra en un incumplimiento sustancial de cualquier Contrato de Compra y no lo subsane en un plazo de 10 días desde que se le reclame por escrito, o devenga insolvente, realice una cesión en beneficio de acreedores, se declare o se solicite su declaración en quiebra, se designe un administrador para sus activos, o resulte liquidado o disuelto, la otra parte podrá, con carácter inmediato, (i) resolver todos los Contratos de Compra afectados o (ii) suspender temporalmente la ejecución de los Contratos de Compra afectados, hasta tanto la parte incumplidora no haya subsanado cualquiera de tales incumplimientos.
(i) En el supuesto de que un Contrato de Compra prevea el intercambio de productos de software o hardware existentes, el Cliente procederá a poner dichos productos a disposición del Vendedor DDP en la fábrica del Vendedor que este último designe (INCOTERMS 2020), en el estado y condiciones en que dichos productos se hallaban en el momento de la firma del Contrato de Compra. La titularidad relativa e inherente a tales productos se transmitirá al Vendedor cuando se firme el Contrato de Compra correspondiente. El Vendedor asumirá el riesgo de pérdida en el momento de su entrega.
7. Propiedad Intelectual e Industrial
Cada una de las partes conservará todos los derechos, títulos, e intereses inherentes a sus respectivos secretos comerciales, creaciones, derechos de autor o copyright y otros derechos de propiedad intelectual e industrial incorporada en los Productos o en relación con los mismos. El Cliente no adquiere ningún derecho de titularidad sobre la propiedad intelectual e industrial incorporada en los Productos o en relación con los mismos, lo que incluye, entre otros, en cualquier software licenciado por el Vendedor o al que se hubiera facilitado acceso al Cliente. El Cliente no suprimirá, modificará u ocultará ninguna reseña relativa al derecho de autor o copyright, marca comercial, u otras reseñas relativas a derechos de titularidad que figuren en cualesquiera Productos u otros materiales suministrados por el Vendedor. El Cliente se abstendrá de modificar o suprimir cualesquiera indicaciones que figuren en los Productos o en el embalaje, tales como marcas comerciales, nombres comerciales y derechos de autor o copyright. El Vendedor tiene derecho a incorporar a sus Productos cualquier comentario, reseña u otra aportación del Cliente libre de cualquier regalía y sin que dé lugar a cualquier derecho de propiedad intelectual para el Cliente en la propiedad intelectual del Vendedor. El Cliente reconoce y acepta que el Vendedor puede recopilar Datos Procesados en relación con el uso de los Productos por parte del Cliente y, por la presente, concede al Vendedor una licencia perpetua, mundial, irrevocable y libre de regalías, con derecho a conceder sublicencias, para (i) utilizar los Datos Procesados de cualquier forma, incluido el diagnóstico de errores, la determinación de tendencias, la investigación, el desarrollo y la prestación de servicios al Cliente y a otros, (ii) preparar y distribuir informes y análisis de los Datos Procesados, (iii) distribuir y divulgar los Datos Procesados y (iv) conceder a terceros los derechos para utilizar y analizar dichos datos. Datos procesados: se refiere a toda la información recopilada por el Vendedor o a la que el Vendedor tiene acceso en relación con su uso del Producto. Los Datos Procesados incluyen, entre otros, los resultados generados por el uso del Producto. Los Datos Procesados serán enmascarados o agregados para que Usted no sea identificado como el proveedor original de los datos.
8. Datos Personales
La política de privacidad del Vendedor («Política de Privacidad») puede encontrarse en el sitio web del Vendedor www.xrite.com. La Política de Privacidad del Vendedor puede verse modificada periódicamente, a la entera discreción del Vendedor y sin previo aviso, y queda incorporada a las presentes Condiciones mediante referencia. El Comprador manifiesta haber leído y comprendido la Política de Privacidad. El Vendedor adopta todas las medidas que resultan razonables para dar cumplimiento a todas las leyes en materia de privacidad, ciberseguridad y protección de datos, lo que incluye, entre otros, el Reglamento General de Protección de Datos («RGPD»). Cuando, dando cumplimiento a sus obligaciones en virtud de un Contrato de Compra, el Vendedor recoja o de cualquier otra forma trate cualquier clase de datos personales, conforme a la definición de la legislación de protección de datos aplicable, el Vendedor dará cumplimiento a las leyes y reglamentos en materia de protección de datos personales que resulten de aplicación. Como Responsable del tratamiento de datos (conforme queda definido en el RGPD), el Vendedor únicamente accederá a los datos de conformidad con su Política de Privacidad y/o los términos que, bien como parte del Contrato de Compra o bien de forma independiente, hayan sido específicamente suscritos con el Comprador. Cuando actúe como Encargado del tratamiento de datos (conforme queda definido en el RGPD), el Vendedor únicamente tratará los datos personales que le hubiera suministrado el Comprador de conformidad con las instrucciones impartidas por este último, incluyendo los términos que se hubieran acordado como parte del Contrato de Compra o que hubieran sido suscritos de forma separada a través de un acuerdo o contrato con el Comprador. Si bien el Vendedor no tiene la intención de transferir datos personales a un tercer país o a una organización interna, dicha transferencia pudiera resultar eventualmente necesaria para el Vendedor. Todas las transferencias de datos personales se llevarán a cabo de acuerdo con la Política de Privacidad y/o con los términos específicamente acordados como parte del Contrato de Compra o de forma separada a través de un acuerdo o contrato con el Comprador. Los Interesados (conforme quedan definidos en el RGPD) podrán ejercitar sus derechos de acceso a los datos personales y de rectificación de los mismos contactando con el Vendedor en la dirección privacy@veralto.com, o enviando una carta a la siguiente dirección: X-Rite, Privacy Office, 4300 44th Street SE, Grand Rapids MI 49512 USA.
9. Garantía
El Vendedor garantiza los Productos de Hardware de conformidad con su póliza de garantía estándar que se anexa al presente documento o a la que se puede acceder en www.xrite.com/termsandconditions.
El Vendedor garantiza los Productos de software de conformidad con los términos del EULA que acompaña los Productos de software, que se anexa a este documento o al que se puede acceder en www.xrite.com/termsandconditions. LAS ANTERIORES GARANTÍAS SON EXCLUYENTES, Y SUSTITUIRÁN A CUALESQUIERA OTRAS GARANTÍAS, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUSIVE, ENTRE OTRAS, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIALIZACIÓN, DE IDONEIDAD PARA UNA FINALIDAD ESPECÍFICA Y DE NO INFRACCIÓN DE DERECHOS.
10. Limitación de Responsabilidad
BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA EL VENDEDOR SERÁ RESPONSABLE, CON INDEPENDENCIA DEL PRINCIPIO DE DERECHO INVOCADO, POR CUALESQUIERA DAÑOS INDIRECTOS, INCIDENTALES, O EMERGENTES, TALES COMO, ENTRE OTROS, EL LUCRO CESANTE, LA PERDIDA DE AHORROS PREVISTOS ANTICIPADAMENTE, O CUALQUIER OTRA VENTAJA ECONÓMICA, DERIVADOS DE, O QUE SE HALLASEN EN RELACIÓN CON, UN CONTRATO DE COMPRA O CON CUALQUIER CLASE DE PRODUCTOS O MATERIALES SUMINISTRADOS POR EL VENDEDOR. LA RESPONSABILIDAD TOTAL DEL VENDEDOR, DERIVADA DE LAS RECLAMACIONES TOMADAS EN SU CONJUNTO, Y CON INDEPENDENCIA DEL PRINCIPIO DE DERECHO INVOCADO, NO SUPERARÁ EN NINGÚN CASO EL IMPORTE TOTAL ABONADO POR EL CLIENTE EN RELACIÓN CON LOS PRODUCTOS O MATERIALES QUE DIERON LUGAR A LA RECLAMACIÓN;
Lo que antecede será de aplicación con la máxima amplitud permitida por la legislación aplicable, y no será eficaz para operar la exclusión o limitación de la responsabilidad del Vendedor, de sus empleados o de sus agentes, derivada de fraude o de manifestación fraudulenta, dolo o negligencia grave.
11. Información Confidencial
El Cliente reconoce que, en el contexto de la transacción comercial celebrada con el Vendedor, podría acceder a información que no sea de conocimiento público, o que el Vendedor pueda considerar confidencial o de su titularidad («Información Confidencial»). La Información Confidencial incluye, entre otros, cualquier Contrato de Compra, los precios fijados por el Vendedor, así como toda aquella que resulte ser sensible de cara a la competencia o que afecte al secreto del negocio, marketing, e información técnica que el Vendedor revele al Cliente. El Cliente acepta que, en la medida en que acceda a Información Confidencial de esa naturaleza, el mismo: (i) protegerá la Información Confidencial frente a toda revelación no autorizada, para lo cual empleará la diligencia que resulte comercialmente razonable, (ii) no revelará la Información Confidencial a ningún tercero, y (iii) no utilizará la Información Confidencial (salvo en la medida en que lo autoricen las presentes Condiciones) sin el previo consentimiento escrito por parte del Vendedor. Dentro de los cinco (5) días hábiles que sigan a la solicitud del Vendedor, o a la terminación del Contrato de Compra, se procederá a la devolución al Vendedor o a la destrucción de todos los materiales o medios de soporte en los que se contenga cualquier clase de Información Confidencial. No se considera Información Confidencial aquella que: (i) ya fuese conocida por el Cliente con anterioridad al momento en que el Vendedor la hubiera revelado, cuando ello pueda demostrarse por escrito, y sin que exista un deber de confidencialidad; (ii) fuese, o hubiese pasado a ser, parte del dominio público sin mediar incumplimiento del Contrato de Compra u otro acto ilícito por parte del Cliente; (iii) hubiera sido recibida de forma lícita de un tercero sin mediar ningún tipo de incumplimiento de un deber de confidencialidad; (iv) cuya divulgación hubiera sido autorizada por el Vendedor por escrito; o (v) cuya revelación fuese requerida con arreglo a una orden judicial o de un organismo público, siempre y cuando, en la medida en que la legislación lo permitiese, dicha orden y la oportunidad de oponerse a la revelación le hubiera sido notificada al Vendedor con antelación razonable. Las obligaciones aquí estipuladas permanecerán vigentes durante un período de cinco (5) años desde la fecha en que la Información Confidencial en cuestión hubiera sido revelada, con la excepción de que los secretos comerciales seguirán siendo confidenciales durante todo el tiempo que la información se considere un secreto comercial. Cualquier acuerdo específico de confidencialidad que las partes hayan suscrito en relación con la materia objeto del Contrato de Compra prevalecerá sobre la presente Sección 11.
12. Miscelánea
(a) Las partes reconocen y acuerdan que la capacidad del Vendedor para suministrar los Productos se halla supeditada al cumplimiento por parte del Cliente de todas las obligaciones que le incumben conforme a los Contratos de Compra, incluyendo sin limitaciones, según corresponda, facilitar el acceso oportuno y suficiente al lugar de instalación, proporcionando un sitio de instalación que cumpla con los requisitos estipulados para dicho establecimiento en el Contrato de Compra o los que, de otra forma, el Vendedor hubiera comunicado al Cliente, y proporcionándole los recursos necesarios que, por lo general, cabe esperar de un Cliente, incluidos, entre otros, instalaciones adecuadas, iluminación, calefacción, ventilación, electricidad/tomas de corriente, agua, conectividad a internet, y cualquier otro tipo de asistencia que hubiera sido acordada como parte de un Contrato de Compra o que el Vendedor, razonablemente, hubiera solicitado.
(b) En caso de conflicto entre las presentes Condiciones y las condiciones acordadas en cualquier Contrato de Compra, prevalecerán estas últimas. Cualquier modificación de un Contrato de Compra deberá realizarse por escrito y ser firmada por ambas partes.
(c) El Cliente se abstendrá de ceder o de otra forma transferir ninguno de los derechos, intereses u obligaciones que le incumben con arreglo a un Contrato de Compra sin que medie el consentimiento previo y por escrito del Vendedor. Cualquier cesión que se realice en contravención de la presente subsección será nula e ineficaz. El Vendedor podrá ceder cualquiera de sus derechos y obligaciones de conformidad con cualquier Contrato de Compra suscrito con el Cliente a favor de cualquier entidad afiliada, existente en la actualidad o en un futuro, y/o a favor de cualquier tercero involucrado en una fusión o adquisición, o en la venta de activos, siempre y cuando (i) el afiliado o tercero de que se trate acepte quedar vinculado por las estipulaciones que aquí se contienen, y (ii) asimismo siempre y cuando, dentro de un período de tiempo razonable tras haberse efectuado la citada cesión, ésta sea notificada al Cliente; el Vendedor podrá subcontratar el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme a un Contrato de Compra con cualquier afiliado existente en la actualidad o en un futuro y/o con cualquier tercero subcontratista, siempre y cuando el Vendedor siga siendo el responsable del desempeño del subcontratista de tales obligaciones de conformidad con los términos del Contrato de Compra.
(d) La omisión por cualquiera de las partes de la exigencia del cumplimiento estricto de cualesquiera términos o condiciones estipulados en un Contrato de Compra no se interpretará como una renuncia a la facultad de exigir el cumplimiento de cualesquiera derechos contemplados en el mismo. La declaración de invalidez o inaplicabilidad total o parcial de alguno de sus términos no afectará a los restantes términos o condiciones, y la estipulación que hubiera devenido ineficaz, inválida o inaplicable se considerará reemplazada por otra que resulte ser válida y exigible, y que refleje en la máxima media de lo posible la intención comercial de la estipulación afectada.
(e) La resolución o la terminación de un Contrato de Compra no afectará la vigencia ni la validez en el tiempo de cualquier estipulación cuya subsistencia esté prevista, expresa o implícitamente, una vez se hubiera producido dicha resolución o terminación.
(f) Ninguna de las partes será responsable, ni incurrirá en incumplimiento al amparo de un Contrato de Compra, por demora u omisión alguna en la ejecución de las obligaciones (salvo las obligaciones de pago) que se hubiera originado a raíz de actos o circunstancias fuera del control razonable de dicha parte, lo que incluye sin limitación, casos fortuitos, actos de guerra, huelgas laborales de terceros, caídas en el suministro energético, inundaciones, terremotos, pandemias, otras catástrofes naturales, u otros sucesos de similar naturaleza (“Supuesto de Fuerza Mayor”). En caso de que una de las partes no pueda cumplir con alguna de sus obligaciones conforme a un Contrato de Compra a raíz de un Supuesto de Fuerza Mayor, la parte así afectada informará sin demora a la otra, y realizará todos los esfuerzos que resulten razonables para reanudar el cumplimiento.
(g) Todas las controversias que se originen de, o que estén relacionadas con, un Contrato de Compra se someterán e interpretarán, de forma exclusiva, a la legislación del país y del estado, o cualquier otra denominación geográfica que resulte aplicable, en el que el Vendedor se halle establecido, sin que proceda la remisión a sus principios en materia de conflicto de leyes. Cada una de las partes acepta en este acto someterse a la jurisdicción personal y competencia exclusivas de los tribunales del país y del estado, o cualquier otra denominación geográfica que resulte aplicable, en el que el Vendedor se halle establecido, que deliberarán y adoptarán una decisión sobre cualquier controversia derivada de un Contrato de Compra o relacionada con Productos suministrados por el Vendedor. Sin perjuicio de lo anterior, el Vendedor podrá optar por entablar una acción judicial ante los tribunales del lugar en el que el Cliente se encuentre ubicado cuando dicha acción judicial involucre el recobro de una deuda pecuniaria o la defensa o la observancia de los derechos de propiedad intelectual e industrial del Vendedor. Las partes excluyen expresamente la aplicabilidad de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías a cualquier Contrato de Compra.
(h) Todos los Contratos de Compra celebrados entre las partes (incluyendo las presentes Condiciones) son suscritos por estas últimas de forma consciente y con pleno conocimiento de las circunstancias. Las partes acuerdan expresamente que las condiciones acordadas que forman parte de los Contratos de Compra suscritos reflejan una relación jurídica equilibrada entre ellas en el marco de la finalidad económica general, de la práctica comercial habitual y en consideración de los Productos específicos a que hacen referencia dichos contratos. La relación entre las partes es de contratistas independientes. El presente Contrato no crea una sociedad comanditaria, franquicia, empresa conjunta, agencia, fiducia o relación laboral entre las partes. Cada una de las partes será la única responsable del pago de toda la remuneración pagadera a sus empleados, así como de los impuestos relacionados con el empleo.